Un estudio jurídico liderado por el abogado Héctor Anabalón, de HAZ Abogados, presentó recursos de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel contra los cobros de la Tesorería General de la República (TGR) a deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE). Argumentan que embargar bienes a los deudores sería ilegal, ya que el CAE es un crédito educacional, no una deuda tributaria. Los recursos apuntan contra los cobros que la TGR está intentando ejecutar por el CAE, mediante la vía de embargo propia del Código Tributario. La tesis del recurso es que el CAE no es un impuesto ni una deuda tributaria, sino un crédito educacional regulado por la Ley N° 20.027, por lo que Tesorería no tendría facultades para cobrarlo usando el procedimiento excepcional de ejecución y embargo del Título V del Código Tributario. Según la presentación, la autoridad estaría aplicando a una deuda educacional un régimen de cobro “gravado”, reservado legalmente para deudas tributarias o créditos expresamente sometidos a ese estatuto. El recurso también afirma que la propia ley del CAE remite a las reglas generales de cobranza judicial y extrajudicial de los títulos respectivos, no al privilegio especial que permite a Tesorería despachar por sí sola el mandamiento de ejecución y embargo anunciado por el Gobierno.
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