La Tercera Sala de la Corte Suprema aprobó en forma unánime, el recurso de protección presentado por la Corporación Comunidad y Justicia, que solicitaba realizar eventos religiosos durante la Cuarentena, respetando el aforo indicado por el Ministerio de salud. La Corte basó su decisión en que es en la propia Constitución donde se acredita el derecho de libertad de culto.
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