Para velar por el cumplimiento tributario en materia del IVA y potenciar el combate contra la evasión, el SII dictó una nueva resolución estableciendo la obligatoriedad para los comercios que emiten boletas electrónicas de ventas y servicios y/o reciben pagos a través de medios de pagos electrónicos en ventas presenciales. Desde esta fecha, es obligatorio entregar al comprador final la representación impresa del documento tributario y/o comprobante de pago por cada venta. “Esta medida nos permite reforzar, tanto para los emisores de boletas electrónicas de ventas y servicios como para la ciudadanía en general, que la emisión y entrega de la boleta es obligatoria cada vez que se realiza una compra, independiente que se utilice pago en efectivo, por transferencia o mediante tarjetas bancarias. Por ello, estamos incorporando la obligatoriedad para el vendedor de entregarla en forma impresa y también llamando a los contribuyentes a exigir su boleta o comprobante de pago (voucher), asegurando que el impuesto que pagan en cada compra llegue al Estado y dejando respaldo de las compras realizadas”, explicó Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII.
EL SII además informó que los contribuyentes que no cuenten con dispositivos para imprimir los documentos, tendrán plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para dar cumplimiento a las obligaciones.
Suscríbete al boletín:
Suscribete Gratis