El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por Agrícola Ribagorza en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y ordenó al ente fiscalizador retrotraer el procedimiento sancionatorio contra el establecimiento agrícola ubicado en la comuna de Curicó. “A juicio de estos sentenciadores, la SMA efectivamente incurrió en vicios durante la tramitación del Programa de cumplimiento presentado por la reclamante, los cuales causaron perjuicios a Agrícola Ribagorza”, dice la sentencia. Cabe recordar que la reclamación fue interpuesta por Agrícola Ribagorza SpA luego que la SMA rechazó el recurso administrativo, en contra la resolución que invalidó el programa de cumplimiento presentado en el contexto del procedimiento sancionatorio, por infracción a la norma de ruidos llevado en su contra. El Tribunal enfatiza que el error más grave de la SMA fue rechazar un programa de cumplimiento “supuestamente corregido y presentado por la empresa junto con la reposición”, lo que no era efectivo, pues el PdC se acompañó como documento para resolver la reposición y no como una presentación independiente respecto de la cual se hacía necesario un pronunciamiento por parte de la SMA.
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