Este lunes fue publicado en el Diario Oficial, el reglamento de ley que permite, bajo mutuo acuerdo de los padres, cambiar el orden de los apellidos de sus hijos, poniendo primero el de la madre por sobre el del padre. Si hubiera otros hijos, ellos seguirían el orden de apellidos de su hermano mayor. Los adultos también podrán hacerlo. Están impedidos procesados o formalizados, quienes tienen órdenes de arresto pendientes y quienes fueron condenados y merezcan pena aflictiva.
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