La Corte Suprema asestó un revés a la Subtel al acoger un recurso del retail financiero, liberándolo de la obligación de usar los prefijos 600 y 809 en sus llamadas de cobranza. El fallo, unánime de la Tercera Sala, revierte una decisión anterior de la Corte de Apelaciones y deja sin efecto un oficio clave de la autoridad. Esto marca un punto de inflexión en la tensión regulatoria entre el control del spam telefónico y la operación financiera del sector. La Asociación del Retail Financiero, que agrupa a empresas como Servicios Financieros (Lider-Bci), Hites, CMR Falabella y Cencosud, había presentado el recurso de amparo económico en agosto de 2025. Argumentó que la medida de la Subtel, vigente desde mediados de ese año, generaba una ‘afectación en la cobranza y el recupero de los créditos’. El gremio alertó que la contactabilidad de sus unidades había caído un 40%, mientras que Recsa, la mayor empresa de cobranza del país, reportó una caída del 30% en la recuperación de deuda morosa. El tribunal supremo fue categórico al dictaminar que la cobranza extrajudicial no constituye un ‘servicio complementario’ regulable por la Subtel, ya que es una comunicación específica a un deudor y no un servicio contratado por usuarios. La corte señaló que la autoridad había excedido sus competencias, vulnerando garantías constitucionales.
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