En un fallo reciente, el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) declaró inadmisible el recurso de reposición presentado por Daniel Jadue, manteniéndolo fuera de la papeleta para las elecciones parlamentarias de noviembre. La decisión, respaldada por mayoría de los ministros, contó con el voto disidente del ministro Gabriel Ascencio, quien fundamentó su postura en la necesidad de proteger derechos fundamentales y aplicar principios de equidad procesal. Ascencio argumentó que la reapertura de la investigación y la invalidación de la acusación en el caso Achifarp constituyen hechos nuevos que justifican revisar la exclusión inicial de Jadue. Según el magistrado, al desaparecer la base factual que sustentaba la suspensión de sus derechos políticos —la acusación penal—, el Tricel debió analizar el fondo del recurso en lugar de declararlo inadmisible. En su disidencia, Ascencio destacó la importancia de garantizar que nadie sea privado arbitrariamente de su derecho a ser candidato. Citó el artículo 22 de la Ley Nº 18.700, que permite reemplazar a un candidato fallecido hasta ocho días antes de la elección, y cuestionó por qué un ciudadano vivo, en una situación donde la acusación ha quedado sin efecto, tendría menos oportunidades que uno fallecido.
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