Un llamado a los empleadores de las regiones afectadas por el sistema frontal a disponer todas las medidas necesarias para proteger la vida y salud de sus trabajadores y trabajadoras, incluyendo la alternativa de ofrecer teletrabajo cuando sea factible, hizo en la mañana de este viernes la Dirección del Trabajo (DT). Junto con ello, el director nacional, Pablo Zenteno, explicó que los trabajadores y trabajadoras de las zonas afectadas que no puedan concurrir a sus labores o lo hagan con retraso no pueden sufrir despidos, represalias ni descuentos remuneracionales. La autoridad recordó que el artículo 184 del Código del Trabajo impone a los empleadores esa obligación, “manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas”. Añadió que igual prevención hace el artículo 37 del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que establece que debe suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores. Zenteno subrayó que “la ley ha hecho recaer en el empleador la responsabilidad de evitar la ocurrencia de accidentes en el trabajo debiendo tomar todas las medidas necesarias para ello, lo que se torna urgente y perentorio considerando la magnitud del sistema frontal que afecta a la zona central y sur del país”.
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