La Corte Suprema acogió recurso de casación y ordenó la reparación del daño ambiental en el Humedal Teja Sur, ubicado en la comuna de Valdivia, Región de los Ríos, provocado por la explotación de la empresa Gogua Corporation S.A. La Tercera Sala del máximo tribunal, estableció que se ha producido daño en el curso fluvial desde el año 2000 y que, por lo tanto, hubo error en la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental que rechazó la acción presentada por la Municipalidad de Valdivia. El fallo de la Corte señala entre sus acápites, “Que el método de razonamiento desarrollado en el considerando anterior sólo es abordable por la vía de casación, en el evento que en su ejercicio no haya sido factible el proceso deductivo que dicho raciocinio entraña, circunstancia que se aprecia al momento de la valoración del documento denominado “Informe Final Demanda por Relleno Humedal Teja Sur” emitido por el Centro de Humedales Río Cruces de la Universidad Austral de Chile. La Tercera Sala sostiene: “Que, a la luz de estos razonamientos, fluye que la valoración que ha realizado el Tribunal respecto del señalado informe, resulta infractora de las reglas de la sana crítica, en particular, del principio de la razón suficiente.
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