En fallo unánime, la Segunda Sala de La Corte Suprema, acogió el recurso de amparo deducido en representación del general director de Carabineros, Ricardo Álex Yáñez Reveco y dejó sin efecto la instrucción dada por el Ministerio Público de informar de forma inmediata las salidas y entradas al país del amparado. La Segunda Sala del máximo tribunal, –integrada por los ministros y ministras Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, Jorge Zepeda y la abogada (i) Pía Tavolari–estableció el actuar arbitrario del ente persecutor al impartir una instrucción sin respaldo legal. Por tanto, se resuelve que: se revoca la sentencia apelada de dos de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 2417-2024 y, en su lugar, se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de don Ricardo Álex Yáñez Reveco, dejándose sin efecto la instrucción particular N°042024/FAC/53585 de 30 de abril de 2024, impartida por el Ministerio Público a la Policía de Investigaciones de Chile”.
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