La Segunda Sala de la Corte Suprema condenó a miembros del Ejército como autores y coautores de los delitos de homicidio y secuestro calificado de 23 víctimas, todas colaboradores directos del ex Presidente Salvador Allende, y quienes fueron detenidos el 11 de septiembre de 1973 desde el palacio de La Moneda, tras el golpe militar. Entre las víctimas, quienes fueron fusilados y explosionados con granadas en el sector de Peldehue, se encontraban asesores políticos, miembros del dispositivo de seguridad del Presidente Allende (GAP), médicos y economistas, entre otros. Los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier confirmaron las condenas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago en su fallo de noviembre de 2021 y, además, en sentencia de reemplazo, elevó las penas y revocó absoluciones de ex uniformados que habían sido absueltos en esa oportunidad. De esta manera, se confirma la condena del entonces militar del Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo a la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo, como coautor de los delitos de homicidio calificado de 15 de las 23 víctimas. Asimismo, se le agregan 20 años como autor de secuestro calificado en contra de las otras 8 víctimas.
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