El Segundo Tribunal Ambiental acogió en parte la reclamación de un vecino de la comuna de Teno contra la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y anuló parcialmente la aprobación ambiental del proyecto “Planta productiva Licán Alimentos” ubicado en esa localidad de la Región del Maule. La sentencia concluye que tanto la resolución que aprobó el proyecto, como aquella en que el SEA rechazó el recurso administrativo presentado por el vecino y concejal de la Municipalidad de Teno, Matías Rojas Medina, contra dicha aprobación, contienen vicios de legalidad, pues no consideraron debidamente la observación ciudadana respecto de la falta de antecedentes que justificaran la inexistencia de impactos sobre especies acuáticas en categoría de conservación del río Teno. Este punto había sido planteado por la Subsecretaría de Pesca durante el procedimiento de evaluación de la Planta y tiene repercusión en las condiciones o exigencias dispuestas en la RCA, así como en los compromisos ambientales voluntarios planteados por la empresa.
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